Economía Digital y su Tributación

La Economía Digital comienza a ser la propia Economía en sí. Los nuevos modelos de negocio digitales favorecen la flexibilidad de la organización y gestión de las estrategias empresariales mejorando su productividad y competitividad en los mercados en los que operan. La explotación y disfrute de las herramientas digitales es recíproca tanto para los consumidores y las empresas, las cuales encuentran resquicios o lagunas, de manera natural, o bien artificial, en los sistemas fiscales de los países que provocan una erosión de bases imponibles y el traslado de beneficios (las llamadas prácticas “Base Erosion and Profit Shifting” o BEPS). Ello provoca la pérdida recaudatoria en aquellas jurisdicciones fiscales en las que realmente se genera y produce la renta en beneficio, en algunas ocasiones, de las de baja o nula tributación.

Los diversos desafíos que la Economía Digital proyecta sobre la fiscalidad internacional, especialmente al Derecho tributario internacional, han sido abordados por la OCDE en el conocido Plan BEPS compuesto por 15 Acciones donde la primera de ellas se ocupa exclusivamente de la Economía Digital y sirve de corolario de las restantes Acciones. Actualmente, tras la publicación en 2015 de todos los informes finales de las Acciones, nos encontramos en la fase Post-BEPS o de implantación de las potenciales soluciones que los expertos de la OCDE en materia tributaria redactaron fruto del amplio consenso internacional en la elaboración de los mismos.



Deja una respuesta